abogado arraigo laboral
abogado arraigo laboral
Abogados arraigo laboral en España
Si estás buscando un abogado para que tramite tu arraigo laboral en España,
puedes contactarnos para que estudiemos tu caso.
El arraigo laboral en España ha sufrido una auténtica revolución tras la Sentencia
del Tribunal Supremo que amplía las personas que se pueden beneficiar de este
tipo de residencia.
Tras la publicación de la sentencia y de la Instrucción de la Secretaría de Estado
de Migraciones, es necesario contar con un buen abogado de extranjería que
estudie tu caso para determinar si se adapta al nuevo arraigo laboral.
¿QUé ES EL ARRAIGO LABORAL?
El arraigo laboral es un permiso de residencia por circunstancias excepcionales.
Para poder solicitar esta autorización con éxito es necesario demostrar la permanencia en España de al menos 2 años y poder demostrar relaciones laborales por cuenta ajena de al menos 6 meses.
Antes de la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo solo se permitía acceder al arraigo laboral a los que habían trabajado sin estar de alta en la Seguridad Social, es decir, aquellos que habían trabajado “en negro”. Actualmente, gracias a la nueva interpretación del arraigo laboral también pueden solicitarlo aquellos que hayan estado de alta, lo que principalmente beneficia a los solicitantes de protección internacional, ya que a los 6 meses de solicitar protección internacional puede trabajar de manera legal, hasta que obtengan una respuesta sobre su solicitud.
Abogados arraigo laboral en España
¿Por qué elegir Palencia Abogados?



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Su éxito es nuestro éxito como profesionales. Desde un principio del proceso te asesoremos busca el éxito de su caso.
¿dónde estamos?
La sede presencial de nuestro bufete de abogados:
Calle General Lacy 21, 1º Dcha, 28045.
Madrid- Madrid
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Requisitos para arraigo laboral
El arraigo laboral, como cualquier autorización de residencia en España exige la acreditación de una serie de requisitos.
En primer lugar, debemos acreditar por medio de cualquier prueba válida en Derecho, la permanencia continuada en España durante al menos 2 años. Esto supone una ventaja respecto al arraigo social, ya que no hay que esperar a los 3 años para iniciar el trámite.
Además de lo anterior, es necesario probar la existencia de relaciones laborales de al menos 6 meses. Se pueden probar de diferentes maneras, como un informe de vida laboral o una sentencia en la que el Juez determine que ha existido una contratación encubierta.
Por último, hay que aportar el certificado de antecedentes penales tanto de España como del país de origen, además de otra serie de documentos que organizamos en el despacho para que el expediente salga perfecto.
¿Qué opinan los clientes de Palencia Abogados?
Arraigo laboral solicitante de asilo
La nueva Sentencia del Tribunal Supremo ha supuesto una gran noticia para todos aquellos solicitantes de asilo que han visto denegada su solicitud.
El procedimiento de asilo o de protección internacional comienza con una solicitud, tras la cual las autoridades entregan una hoja blanca, que acredita la condición de solicitante de asilo. A los 6 meses, se renueva la solicitud y se obtiene la tarjeta roja, que autoriza expresamente para trabajar.
Este permiso de trabajo se concede hasta que el procedimiento finaliza con el reconocimiento de la residencia o con la denegación de esta.
Como el trámite suele alargarse en el tiempo, es muy posible que al denegarse la solicitud de asilo ya se haya podido cotizar 6 meses en la seguridad social, lo que permitirá solicitar el arraigo laboral al llevar dos años en España.